El Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF): es un comprobante fiscal generado electrónicamente que acredita la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios.
El eCF debe cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 32-23 y normas complementarias, incluyendo que solo podrá ser emitido por contribuyentes autorizados por la DGII.
Número de Comprobante Fiscal Electrónico (e-NCF): es la secuencia alfanumérica que identifica un e-CF otorgado por Impuestos Internos.
La letra "E" indica la serie, los próximos 2 dígitos especifican el tipo de comprobante y los últimos 10 dígitos corresponden al secuencial, para un total de 13 caracteres.
Comprobantes fiscales electrónicos que registran las transacciones comerciales de compra y venta de bienes y/o servicios, y permiten al comprador o usuario que lo solicite, sustentar gastos y costos o crédito fiscal para efecto tributario.
Comprobantes fiscales electrónicos que acreditan la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios a consumidores finales.
Documentos tributarios electrónicos que emiten los vendedores de bienes y/o prestadores de servicios para recuperar costos y gastos, tales como intereses por mora, fletes u otros, incurridos por el vendedor con posterioridad a la emisión de comprobantes fiscales. Sólo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario, para modificar comprobantes fiscales emitidos con anterioridad.
Documentos electrónicos que emiten los vendedores de bienes y/o prestadores de servicios por modificaciones posteriores en las condiciones de venta originalmente pactadas, es decir, para anular operaciones, efectuar devoluciones, conceder descuentos y bonificaciones, subsanar errores o casos similares, de conformidad con los plazos establecidos por las leyes y normas tributarias. Sólo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario, para modificar comprobantes fiscales emitidos con anterioridad.
Comprobantes fiscales electrónicos emitidos por las personas físicas y jurídicas cuando adquieran bienes o servicios de personas no registradas como contribuyentes.
Comprobantes fiscales electrónicos emitidos por las personas físicas o jurídicas para sustentar pagos realizados por su personal sean éstos efectuados en territorio dominicano o en el extranjero, y en ocasión a las actividades relacionadas al trabajo, tales como: consumibles, pasajes y transporte público, tarifas de estacionamiento y peajes.
Comprobantes fiscales electrónicos utilizados para facturar las transferencias de bienes o prestación de servicios exentos del ITBIS y/o ISC a las personas físicas o jurídicas acogidas a regímenes especiales de tributación mediante leyes especiales, contratos o convenios debidamente ratificados por el Congreso Nacional.
Comprobantes fiscales electrónicos utilizados para facturar la venta de bienes o la prestación de servicios al Gobierno Central, Instituciones Descentralizadas y Autónomas, Instituciones de la Seguridad Social y cualquier entidad gubernamental que no realice una actividad comercial.
Comprobantes fiscales electrónicos utilizados para reportar ventas de bienes fuera del territorio nacional utilizados por los exportadores nacionales, empresas de zonas francas y Zonas Francas Comerciales.
Comprobantes fiscales electrónicos emitidos por concepto de pago de rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas o jurídicas no residentes fiscales obligadas a realizar la retención total del Impuesto sobre la Renta, de conformidad a los artículos 297 y 305 del Código Tributario.